Calcular el importe de la pensión final es una cuestión que trae de cabeza a millones de españoles, tanto trabajadores que afrontan la recta final de su trayectoria laboral como jubilados que creen que les corresponde más de lo que actualmente perciben. De hecho, muchas personas no saben que les corresponden una serie de bonificaciones por diferentes cuestiones que han marcado se vida laboral. Una de las más peculiares es la que tiene que ver con los hijos. Tal y como explica Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, «tener hijos puede aumentar considerablemente el importe final de nuestra pensión de jubilación». «En el texto refundido de la Ley de la Seguridad Social existen varios mecanismos que reconocen el esfuerzo contributivo de la crianza de nuestros hijos en nuestra futura pensión de jubilación mediante complementos económicos en la pensión o bonificaciones en la cotización». Uno de ellos es el complemento económico por hijo. Muñoz analiza que «desde 2016 existe un complemento para los pensionistas que han tenido hijos». Y recuerda que «primero fue el complemento de maternidad y, posteriormente, a partir de 2021, el complemento para la reducción de brecha de género». En ambos casos «el importe de nuestra pensión aumentará en función del número de hijos que hayamos tenido. En la actualidad el complemento económico supone un importe de 36,90 por cada hijo que hayamos tenido». Este es un complemento a cuyo acceso tienen derecho tanto hombres como mujeres, pero que «solo se reconocerá a uno de los progenitores, a aquel que tenga menor importe de pensión». Aunque este no es el único recurso que podemos aplicar a nuestra pensión para que esta aumente. También existe la bonificación extra en la cotización por cuidado de hijo, que se encuentra regulada en el artÃculo 236 de la Ley General de la Seguridad Social. El experto explica que «se trata de un derecho pensado especialmente para las personas que en su momento dejaron sus trabajos para dedicarse al cuidado de sus hijos». Desde el año 2011 «se reconoce una bonificación ficticia en la cotización de 270 dÃas por hijo con el propósito de cubrir los periodos sin cotización de estos trabajadores producidos entre los 9 meses anteriores al parto y los 6 años siguientes al nacimiento de sus hijos». Y aunque esta bonificación se aplica a todas las prestaciones, «no sirve para alcanzar el periodo mÃnimo de cotización». Alfonso Muñoz añade además que «solo se le aplicará a uno de los progenitores que, en caso de controversia, será a la mujer». Y por último, el tercero de los complementos que puede corresponder a aquellos pensionistas que hayan tenido hijos es el reconocimiento de dÃas cotizados por parto. El artÃculo 235 de la Ley General de la Seguridad Social establece una cotización ficticia, exclusivamente cuando la solicitante sea mujer, de 112 dÃas por cada parto de un solo hijo, o aborto de más de 6 meses, y de 14 dÃas adicionales por hijo en caso de parto múltiple. Sin embargo, el especialista en pensiones y jubilación hace una especificación. «Un matiz importante. Al contrario de lo que sucede con la bonificación anterior, estos dÃas de cotización por parto sà computan a efectos de alcanzar el periodo mÃnimo de cotización». Y reseña que este suele ser de 15 años cotizados y 2 de ellos en los últimos 15 años de edad. Por último, Alfonso Muñoz explica que «estas dos bonificaciones se pueden sumar para alcanzar como máximo 1.825 dÃas extras de cotización. Es decir, 5 años adicionales de cotización. Sumadas a las cotizaciones de la vida laboral pueden suponer un importe considerable en nuestra futura pensión de jubilación». Para cerrar, el funcionario expone un caso práctico ficticio protagonizado por una trabajadora que se jubila tras haber cotizado 30 años y que ha tenido 3 hijos. Y añade la particularidad de que durante 5 años de su vida laboral, esta trabajadora se dedicó exclusivamente al cuidado de sus hijos sin recibir prestación o subsidio. «Por sus tres hijos, esta trabajadora tendrá derecho a su complemento por reducción de la brecha de género de 110,70 euros, es decir, de 36,90 euros mensuales por cada hijo. Como bonificación por cuidado de hijos le reconocerán 810 dÃas (270 por hijo). Es decir, 27 meses. Y como bonificación por parto se le tendrán en cuenta otros 336 dÃas extras de cotización. Es decir, 112 dÃas por hijo (11 meses)». «A efectos de jubilación esta trabajadora tendrÃa 33 años y 2 meses cotizados. 30 años, más 27 meses más otros 11 meses. Esto es un 6,24% más de pensión. En una pensión media de 1.480 euros, esta diferencia pueden suponer 101 euros más mensualmente. En definitiva, los tres hijos suponen 211,70 euros más de jubilación al mes».
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Author : (abc)
Publish date : 2026-07-06 06:00:00
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